Ayudas a la contratación de Fomento San Sebastián
MODIFICACIÓN DE LAS BASES Y SOLICITUD A FECHA 23/06. PARA MÁS INFORMACIÓN, CONSULTA EL POST: Modificación a las bases de las Ayudas a la contratación de Fomento San Sebastián
El Ayuntamiento de San Sebastián, a traves de Fomento San Sebastián, ha publicado en su página web la subvención Ayudas a la contratación 2014 dirigida a favorecer la generación de empleo en la ciudad, y posibilitar con ello, el desarrollo económico de la ciudad y su entorno.
El objetivo de esta subvención es facilitar la reincorporación al mundo laboral de las personas desempleadas, con especial atención en aquellas personas con más vulnerabilidad y desventaja en el acceso a un empleo.
¿Quién puede solicitarla?
Las siguientes empresas o entidades que tengan un centro de trabajo en San Sebastián:
- Pequeñas empresas, entendiendo como tales aquellas que el promedio de su plantilla no alcance las 50 personas empleadas, que su volumen de operaciones o su activo no supere 10 millones de euros y que no estén vinculadas o participadas en el 25% por empresas o instituciones que no cumplan cualquiera de los dos requisitos anteriores. Para el cálculo del promedio de plantilla a este efecto se considerarán los trabajadores por año a jornada completa. En el caso de trabajadores con jornada parcial su cómputo será proporcional a las horas trabajadas.
- Profesionales o autónomos.
- Entidades sin ánimo de lucro
- Empresas de inserción y centros de empleo cuyo objeto social sea la inserción sociolaboral de personas en situación o en riesgo de exclusión.
¿Qué contratos son aptos y cuánto se subvenciona?
Contratos a:
- personas desempleadas (que no estén dadas de alta como trabajadoras en ningún régimen de la seguridad social)
- que figuren como demandantes de empleo inscritos/as en las Oficinas de Empleo de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo
- que estén empadronadas en San Sebastián en la fecha de publicación de estas bases (mayo 2014)
- que se hayan realizado o se realicen del 1 de mayo de 2014 al 15 de septiembre de 2014
- de duración mínima de 3 meses
- jornada igual o superior al 50%.
El número máximo de contratos a subvencionar por empresa será de 2 máximo por empresa.
Cuantías:
- Ayuda máxima de 3.000 € por cada contrato de trabajo a jornada completa de 3 meses de duración y Ayuda máxima de 6.000€ por cada contrato de trabajo a jornada completa de duración igual o superior a seis meses. La cuantía final de la ayuda no podrá superar el 75% de los costes salariales y de seguridad social de las personas contratadas.
- En el supuesto de contratación de personas pertenecientes a los colectivos desfavorecidos, el importe máximo de la ayuda será de 9.000€ por cada contrato de trabajo a jornada completa de duración igual o superior a seis meses. En este caso, la cuantía final de la ayuda no podrá superar el 100% de los costes salariales y de seguridad social de las personas contratadas.
En el caso de contratación a tiempo parcial o por una duración entre tres y seis meses, la subvención será proporcional a la jornada y/o al tiempo trabajado.
En ningún caso serán subvencionables los costes salariales posteriores al 15 de marzo de 2015.
¿Quiénes son los colectivos desfavorecidos?
- Personas pertenecientes a los colectivos de perceptores de Renta de Garantía de Ingresos (RGI)
- Personas menores de 35 años que accedan a su primer empleo
- Personas que hayan estado inscritas en Lanbide al menos 12 meses en los 18 meses anteriores a la contratación
¿Qué contratos están excluidos?
- Las contrataciones que se realicen por jornadas inferiores al 50%.
- Las contrataciones de duración inferior a 3 meses.
- Los contratos para la formación y el aprendizaje.
- Los realizados con personas que en los 12 meses anteriores a la fecha de la contratación prestasen servicios con carácter indefinido en la misma empresa o en otra empresa si existen socios comunes con el 25% de participación en ambas empresas.
- No serán objeto de subvención la contratación del cónyuge, descendientes y demás parientes que tengan relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, con el/la empresario/a o con quienes tengan el control empresarial, ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las empresas que revistan la forma jurídica de sociedad, así como la que se produzca con estos últimos.
¿Cuándo tienes que solicitarla?
Hay que realizar una solicitud inicial y, posteriormente, realizar una justificación final.
- Solicitud inicial: plazo máximo hasta un mes después de la contratación. En todo caso, el plazo de presentación de las solicitudes finalizará el 15 de octubre de 2014.
- Justificación final:
– en las contrataciones temporales en el plazo de 45 días una vez superado el periodo objeto de ayuda.
– en las contrataciones indefinidas o contratos de duración superior a 6 meses, en el plazo de 45 días una vez superado el periodo de seis meses de contratación.
En ningún caso la fecha límite para la entrega de justificaciones podrá superar el 30 de abril de 2015.
¿Proceso que seguirá Fomento para otorgar o no la subvención y cuantía?
- Se concederán por orden de registro, siempre y cuando las solicitudes se presenten completas. La concesión o, en su caso, la denegación de las ayudas se realizará mediante resolución expresa por parte de Fomento de San Sebastián. Esta resolución será comunicada a la empresa o entidad y publicada mediante las herramientas adecuadas.
- El abono de las ayudas se efectuará en un único pago tras la presentación de los documentos de justificación final, probatorios de la duración del contrato y del resto de condiciones necesarias. En caso de no presentar la documentación en el plazo mencionado, se entenderá desestimada la ayuda.
¿Dónde puedes pedir la subvención?
- En Servicios Centrales de Información de Fomento de San Sebastián, Reina Regente, 8. Edificio Teatro Victoria Eugenia. 20.003 San Sebastián.
Horario: de Lunes a Jueves: de 9 a 17 horas; Viernes: de 9 a 13 horas.
Horario semana santa, verano y Navidad: 9 a 13.30.
¿Tienes dudas?
- Contacta con Fomento de San Sebastián Donostia en el 943482800 o vía email en fomentoss@donostia.org
- Contacta con Thinknnova en el 943 326600 – Ext.5311, al móvil 600493687 o vía email info@thinkNnova.com
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