Ayudas de apoyo a las personas emprendedoras 2025 | Lanbide
1. Objeto de la ayuda
La convocatoria tiene por objeto regular las ayudas económicas para el año 2025 dirigidas a personas promotoras de proyectos empresariales. Se estructura en tres líneas:
- a) Desarrollo de una idea empresarial y su puesta en marcha.
- b) Establecimiento del proyecto empresarial.
- c) Consolidación de una actividad empresarial ya iniciada. Además, se contempla la financiación de la actividad de selección, acompañamiento y tutorización a través de entidades colaboradoras autorizadas.
2. Actuaciones subvencionables
- Línea I (Idea empresarial): análisis y desarrollo de una idea de negocio, elaboración de un plan de viabilidad y actuaciones necesarias para la puesta en marcha, en régimen de dedicación exclusiva.
- Línea II (Establecimiento): inversiones en activos fijos (maquinaria, mobiliario, instalaciones, contratos de franquicia, aplicaciones informáticas, derechos de traspaso, etc.).
- Línea III (Consolidación): gastos de promoción y funcionamiento (cuotas de autónomos, publicidad, diseño web y redes, asesoramiento fiscal/contable, arrendamiento de locales, formación relacionada).
3. Beneficiarios
- Línea I: Personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo, con una idea de negocio, no dadas de alta en IAE o RETA en el año anterior, y que participen en proyectos de tutorización.
- Línea II: Empresarios/as individuales, profesionales autónomos y socios/as de Comunidades de Bienes o Sociedades Civiles, dados de alta en IAE y RETA en 2025, que realicen inversiones .
- Línea III: Empresarios/as individuales y socios/as de Comunidades de Bienes o Sociedades Civiles, dados de alta en IAE y RETA entre el 1 de noviembre de 2024 y el 31 de octubre de 2025.
4. Importe de la subvención
- Línea I (Idea empresarial): 2.000 € (incrementable en un 15% para jóvenes de 18 a 30 años y un 15% adicional en caso de mujeres).
- Línea II (Establecimiento): 3.500 € por persona beneficiaria (máx. 10.000 € por Comunidad de Bienes o Sociedad Civil). Incrementos del 15% para jóvenes y otro 15% adicional para mujeres.
- Línea III (Consolidación): 2.500 € por persona beneficiaria (máx. 6.000 € por Comunidad de Bienes o Sociedad Civil). Incrementos del 15% para jóvenes y otro 15% adicional para mujeres.
5. Plazo de solicitud
- Línea I: 1 mes desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOPV.
• Línea II y III: desde el día siguiente a la publicación en el BOPV hasta el 31 de octubre de 2025.
• Entidades colaboradoras: 1 mes desde la publicación.
Fecha publicación: 12/09/2025
6. Periodo de ejecución
- Línea I: procesos de tutorización de 3 a 5 meses. El alta en el IAE debe realizarse en un plazo máximo de 3 meses tras finalizar el acompañamiento.
- Línea II: inversiones realizadas entre el 1 de enero de 2025 y la fecha de solicitud, a mantener al menos 2 años.
- Línea III: gastos de consolidación subvencionables durante 10 meses desde la solicitud.
7. Otros aspectos de interés
- Procedimientos: Línea I en concurrencia competitiva; Líneas II y III en concurrencia sucesiva hasta agotar presupuesto.
- Incompatibilidades: Línea I incompatible con cualquier otra ayuda para la misma finalidad; Líneas II y III compatibles entre sí, pero incompatibles con otras ayudas de autoempleo (excepto capitalización del desempleo).
- Incrementos previstos en función de edad y género para favorecer a jóvenes y mujeres emprendedoras.
- Requisitos de permanencia: 2 años para inversiones (Línea II) y 10 meses para consolidación (Línea III).
Si necesitáis ayuda en la tramitación nos podéis llamar (656 764 775) o escribir a subvenciones@thinknnova.com