Emprendimiento y/o Digitalización de Empresas Turísticas
Emprendimiento y/o Digitalización de los servicios y actividades de Promoción y Comercialización de Empresas Turísticas | Diputación Foral de Gipuzkoa
OBJETO
Subvenciones para la creación de nuevas empresas turísticas en Gipuzkoa, así como impulsar la digitalización de los servicios turísticos y actividades de promoción y comercialización de nuevos productos turísticos tanto para las nuevas como para empresas existentes.
BENEFICIARIOS
Personas físicas trabajadoras por cuenta propia o autónomas y en el caso de personas jurídicas, microempresas de menos de 10 de personas trabajadoras cualquiera que sea su forma jurídica con domicilio social en Gipuzkoa que desarrollen su actividad en Gipuzkoa, cuya actividad sea alguna de las siguientes:
— Agencias receptivas de turismo que dispongan de licencia de agencias de viaje.
— Guías turísticos.
— Empresas de turismo activo.
— Establecimientos hoteleros.
— Apartamentos turísticos.
— Campings.
— Agroturismos, casas rurales y albergues.
— Viviendas y habitaciones de uso turístico siempre que los/las titulares sean personas jurídicas con, al menos, una persona trabajadora por cuenta ajena.
En el caso de establecimientos de alojamiento turístico, estos deberán estar inscritas en el REATE.
GASTOS SUBVENCIONABLES
— Gastos relativos a las campañas de promoción y comercialización de nuevos productos turísticos que generen movimiento de turistas en el territorio y que conlleven al menos el consumo de dos servicios turísticos de empresas diferentes.
— Gastos relativos al desarrollo de herramientas tecnológicas y proyectos de innovación que mejoren la competitividad, promoción o comercialización.
— En el caso de empresas beneficiarias de nueva creación, además de los anteriores gastos subvencionables se tendrán en cuenta los siguientes gastos de lanzamiento de la empresa:
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- Gastos en el diseño, elaboración, maquetación y traducción de material promocional turístico.
- Gastos de constitución de la empresa y de puesta en marcha: estudio de viabilidad, registro de marca, diseño de imagen.
Se entiende como empresa beneficiaria de nueva creación aquella constituida entre 1 de enero del año anterior al de la convocatoria y el 30 de noviembre del año de la convocatoria
Los gastos subvencionables serán los comprendidos desde el 1 de enero hasta 30 de noviembre del año de la convocatoria.
IMPORTE SUBVENCION
La ayuda percibida no podrá superar el 50 % de los gastos elegibles.
El importe máximo de la ayuda a conceder se establecerá en 7.500 euros por empresa beneficiaria, pudiendo alcanzar los 10.000 euros en el caso de empresa de nueva creación
PLAZOS PROGRAMA
Del 6 de mayo, hasta las 15.00h del 30 de mayo de 2022.
Si necesitáis ayuda en la tramitación nos podéis llamar (656 764 775) o escribir a subvenciones@thinknnova.com
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